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Qué ha pasado: una línea nueva en el reglamento del blanqueo
El Consejo de Ministros aprobó el 6 de octubre, y el BOE publicó el 8, el Real Decreto 813/2026, que retoca varios reglamentos del sector financiero. Lo que afecta a los cajeros está en su artículo quinto, que modifica el reglamento de la ley de prevención del blanqueo de capitales, el Real Decreto 304/2014. El artículo 4 de ese reglamento, el que fija cuándo hay que identificar a un cliente, dice ahora en su segundo párrafo:
En las operaciones de envío de dinero, gestión de transferencias, las efectuadas ante notario, con excepción de los actos notariales recogidos en el artículo 163 del Reglamento Notarial, y las realizadas en cajeros de criptoactivos, deberá procederse a la identificación y comprobación de la identidad en todo caso.
«En todo caso» quiere decir sin importe mínimo: da igual que metas 20 euros o 2.000. El decreto entra en vigor a los veinte días de su publicación, el 28 de octubre de 2026, y para los cajeros no hay periodo de adaptación. El preámbulo lo despacha en una frase, que la identificación «deba realizarse también en las operaciones realizadas en criptocajeros», sin dar cifras ni explicar el motivo.
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Qué cambia exactamente: antes y después del 28 de octubre
El reglamento ya obligaba a identificar a cualquiera que hiciera una operación ocasional de 1.000 euros o más, y eso sigue igual. Lo nuevo es que los cajeros de criptoactivos pasan al grupo de operaciones en las que se identifica siempre, junto a los envíos de dinero y las transferencias. Hasta ahora el reglamento ni los mencionaba: por debajo de 1.000 euros, salvo indicios de blanqueo, dependía de la política de cada operador.
Comprobar la identidad no es teclear un número. El reglamento exige «documentos fehacientes»: DNI, tarjeta de identidad de extranjero, pasaporte o documento de identidad de un país de la UE. El decreto no dice cómo tiene que hacerlo una máquina, ni menciona la biometría o el reconocimiento facial; para la identificación a distancia remite a las autorizaciones del SEPBLAC, el servicio que vigila el blanqueo en España. Y el operador guardará tus datos diez años desde la operación, igual que hasta ahora.
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Quién opera cajeros en España (y por qué muchos llevan meses parados)
Un cajero de criptomonedas presta, en la práctica, un servicio de cambio de criptoactivos por dinero. Desde el 1 de julio de 2026, cuando terminó en España el periodo transitorio de MiCA, solo pueden prestarlo los proveedores autorizados por la CNMV o por el supervisor de otro país de la UE con pasaporte para operar aquí. Y desde el 1 de octubre, la ley de prevención del blanqueo llama sujetos obligados a todos esos proveedores: son ellos, no tú, quienes tienen que cumplir el decreto.
El caso más claro es el de Bitbase, que se presenta como el operador líder en España y habla de «más de 150 cajeros». El 24 de octubre, su web mostraba dos avisos: que «a partir del 1/07/2026» pausaba el servicio de canje mientras completaba su autorización MiCA, y que había sido necesario «detener temporalmente nuestros servicios» a la espera de que se resuelva su solicitud. Su aviso legal sigue citando su inscripción en el registro del Banco de España, el anterior a MiCA, que cerró el 1 de julio y ya no habilita para operar. Su fundador aseguró en agosto a la prensa que tenían la licencia, pero Bitbase no figura ni en el registro de proveedores autorizados de ESMA, actualizado el 20 de octubre, ni en el listado de la CNMV.
En el registro de ESMA aparecen 16 entidades con España como país de origen, todas supervisadas por la CNMV: bancos como BBVA, CaixaBank u Openbank y plataformas como Bit2Me o Criptan. El único gran operador de cajeros que he encontrado en la lista, CoinFlip, está autorizado en Italia a través de una sociedad italiana y no tiene pasaporte para España. El decreto llega, por tanto, a un mercado que en buena parte ya estaba parado por MiCA. Si ves un cajero funcionando, comprueba quién lo opera antes de meter un euro: cómo se mira en los registros de ESMA y de la CNMV lo explico en la guía de exchanges y MiCA.
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Por qué ahora: el examen del GAFI y una Europa que irá detrás
El preámbulo del decreto da el contexto. España tiene que adaptar su normativa a «los nuevos riesgos, metodologías y avances tecnológicos» y a las exigencias del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), en plena evaluación mutua de España, que se inicia en 2026 y que revisará de arriba abajo su sistema contra el blanqueo. De paso, el decreto traspone en parte la sexta directiva antiblanqueo, la (UE) 2024/1640.
No es un gesto aislado. El 30 de septiembre, el Real Decreto-ley 25/2026, el de la respuesta a la crisis de Oriente Medio, que el Congreso convalidó el 16 de octubre, cambió la ley de prevención del blanqueo para que sus obligaciones alcancen a todos los proveedores de servicios de criptoactivos, con la definición de MiCA. Su preámbulo es más explícito: cita un informe de Chainalysis según el cual el valor recibido por entidades sancionadas se disparó un 694 % en 2025, admite que España «puede ser percibida como una jurisdicción con debilidades» en este terreno y recuerda que Bruselas le tiene abierto un procedimiento de infracción por no adaptar a tiempo la regla de viaje de las transferencias cripto.
Y España se adelanta a la UE. El reglamento europeo contra el blanqueo, el (UE) 2024/1624, que se aplicará desde el 10 de julio de 2027, obligará a los proveedores de criptoactivos a identificar como mínimo al cliente en cualquier operación ocasional, también por debajo de 1.000 euros. Para los cajeros, España lo exige unos veinte meses antes.
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Fuera de España: ilegales en el Reino Unido y bajo la lupa en EE. UU.
El Reino Unido es el caso extremo. La FCA, su supervisor financiero, lo dice sin rodeos: «es ilegal operar cajeros cripto en el Reino Unido sin registro de la FCA», y ya en 2023 avisaba de que no había ningún operador registrado. En febrero de 2025, Olumide Osunkoya fue condenado a cuatro años de cárcel por operar sin ese registro una red de cajeros en 28 ubicaciones, con más de 2,5 millones de libras en operaciones ilegales.
En Estados Unidos lo que preocupa son las estafas. FinCEN, la unidad contra el blanqueo del Tesoro, dedicó a los cajeros un aviso en agosto de 2025: el FBI recibió en 2024 más de 10.956 denuncias de estafas pagadas a través de ellos, con unos 246,7 millones de dólares perdidos, un 99 % más de denuncias y un 31 % más de pérdidas que un año antes. Y según la FTC, más de dos de cada tres dólares perdidos así eran de mayores de 60 años.
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El guion de la estafa del cajero (y por qué el DNI no te protege de ella)
El aviso de FinCEN describe un guion que se repite. Te llama alguien que dice ser de tu banco, de Hacienda o del soporte técnico de una gran empresa; te convence de que tu dinero corre peligro o de que debes pagar algo; te dice que lo saques en efectivo, que vayas a un cajero de bitcoin y que escanees un código QR que te manda él. El QR es la dirección de su wallet, y se queda al teléfono contigo, paso a paso, hasta que el dinero sale. Las estafas de falso soporte técnico fueron el 46 % de los delitos con cajeros denunciados al FBI en 2023.
Ahí está el límite del decreto: identificarte deja rastro para investigar después, pero no impide que el bitcoin vaya a la dirección de otro. Y los estafadores saben esquivar límites: FinCEN cuenta que mandan partir el pago en varias operaciones pequeñas o en varios cajeros. Tienes más guiones como este, y qué hacer si ya has caído, en mi guía de estafas cripto.
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Qué significa para ti si usabas cajeros
Si vas a usar uno desde el 28 de octubre, lleva el DNI, la TIE o el pasaporte, y cuenta con que el operador guardará tus datos diez años. Cómo te identifique, con una foto del documento, un selfi o un alta previa en su aplicación, dependerá de cada uno. Y antes de pensar en el anonimato, piensa en el precio, porque el cajero era ya la forma más cara de comprar bitcoin.
Con el DNI por delante en los dos casos, la diferencia ya no es la privacidad: es el coste. Si cobras en efectivo, ingresarlo en tu banco y mandarlo por SEPA a un exchange autorizado sale mucho más barato. Cómo hacerlo, con la verificación de identidad incluida, lo tienes en cómo comprar bitcoin y en el vídeo de la cabecera, donde enseño el registro y la compra con euros paso a paso en OKX.
El exchange que uso es OKX, a través de su filial europea, con licencia MiCA de la autoridad financiera de Malta y autorizada para operar en España desde el 27 de noviembre de 2025. Si te encaja, puedes abrir tu cuenta en OKX con mi enlace, que es de afiliado. Con sus sombras, y vienen al caso: en febrero de 2025 se declaró culpable en Estados Unidos de operar sin licencia de transmisor de dinero y aceptó pagar más de 504 millones de dólares, y en abril de 2025 Malta multó a su filial europea precisamente por fallos antiblanqueo. Lo cuento todo en mi opinión sobre OKX.
Lo mejor del cajero era que el bitcoin iba directo a tu wallet, y eso puedes hacerlo igual desde un exchange: compras y lo retiras a tu dirección. Para lo que vayas a guardar años, la física que recomiendo es Ledger: el Nano S Plus cuesta 59 euros en la tienda oficial de Ledger (octubre de 2026), también enlace de afiliado. Cómprala solo ahí: este mes Ledger confirmó un implante espía en carteras de un revendedor asiático, y la marca sufrió filtraciones de datos de clientes en 2020 y en enero de 2026, sin semillas expuestas.
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Lo que el decreto no cambia (y lo que aún no se sabe)
- No prohíbe los cajeros ni el efectivo. Obliga a identificarte en cada operación; si un cajero no te lo pide desde el 28 de octubre, el que incumple es el operador, y conviene preguntarse qué más incumple.
- No toca tu wallet ni las compraventas entre particulares. Las obligaciones son de los proveedores, no tuyas. Eso sí, vender o permutar tributa igual, compres donde compres.
- No define qué es un cajero de criptoactivos ni cómo debe identificarte una máquina: lo decidirá cada operador dentro de lo que permite el SEPBLAC.
- No sabemos cuántos cajeros quedan funcionando. Con el operador que se presenta como líder parado a la espera de MiCA, el decreto puede afectar de momento a pocas máquinas.
- Y no es asesoramiento jurídico: es mi lectura del BOE, y ante un caso concreto conviene consultar a un profesional.
Si estás empezando y quieres comprar sin cajeros ni sustos, la guía para empezar en cripto te lleva de cero a tu primera compra, y antes de invertir un euro lee el aviso de riesgo.



